HISTORIAS DE LA VILLA CACERENSE
XCIV
La Venida de Isabel I de Castilla III
Crónica
desde la calle Cuba de mi Llopis Ivorra
Con la
venida de su católica majestad Isabel I de Castilla en 9 del mes de junio del
año de 1477, dio comienzo la pacificación de los belicoso de la nobleza y sus
paniaguados, creando un ambiente de paz y bienestar entre los vecinos y
moradores de la villa cacerense, aunque en estas jornadas no fue suficiente
para lograrlo si marcaron el camino a seguir, y comenzaron a delimitarse los
derechos de cada cual, y aunque las Ordenanzas dadas, hechas con sabiduría,
tenían que adolecer como todo lo nuevo, de alguna cuestión que limitara cuando
no hiciera imposible la buena gestión en asuntos del Concejo.
La
hacienda municipal se encontraba empobrecida, por causa de la pignoración de
los bienes de sus propios, que obligaba constantemente al Concejo a verificar
repartimientos, en los cuales, los Caballeros Regidores eran muy poco
equitativos, que continuamente se veían acorralados por las reclamaciones del
Procurador del Concejo, lo que daba lugar a los disturbios y ruidos por la
protesta.
Más estas
reclamaciones importaban poco a los Regidores, y aun sabiendo que el Procurador
del Concejo era cargo elegido directamente por los Reyes, para vigilar el
derecho de la villa y el de sus moradores, y con el fin de evitar sus quejas,
le fueron poco a poco limitando sus atribuciones, hasta con la pretensión de
dejarlo como mera figura puramente decorativa dentro del Concejo.
Y así
siguieron con sus maquinaciones que, movidas por sectarismos lamentables unas
veces, y otras por rencores mal disimulados ante la presencia de la Reina
Isabel I, y las más únicamente movidas por ambiciones personales, iban sumiendo
a la villa cacerense en la más absoluta ruina.
Las
dehesas se arrendaban por precios insignificantes, y quizás no hubiera ido muy
mal, si las rentas que estas dehesas propiciaban hubieran sido empleadas
debidamente, antes, al contrario, se perdían, sin que nadie supiera cuál era su
destino, ni a que manos iban a parar.
Por otra
parte, en cuestión de los ganados cada cual campaba a sus anchas, entraba a
pactar donde mejor les convenia, sin que importarse quien era el dueño de los
pastos.
El
desorden monetario que padecía España durante los últimos siglos de la
conquista, todo por no haber querido aceptar la reforma que inicio el Rey Sabio
Alfonso X, eran las que las que daban
lugar a tan lamentables confusiones en los pagos de penas, arbitrios, rentas y
censos, que debiendo percibirse como ciento, se percibía como uno, ya que el
que tenia que pagar, e interpretación el valor de la moneda según le
conviniera, y como es natural procuraba dar dineros de vellón o de plata de
baja ley antes que pagar con oro.
Más todo
esto les sirvió de enseñanzas a los católicos Reyes, y las trataron de
aprovechar al hacer el intento de reforma monetaria en Toledo en el año de
1480, y la que fuera definitiva en Medina del Campo en el año de 1497, en la
que una tendencia semejante a la de Alfonso X, unificaron la monda en todos sus
reinos y señoríos, implantando un orden en los intercambios y en la situación
económica del país, orden que no se altera hasta el reinado desastroso de
Carlos II.
Y así las
cosas, Cáceres se vio arrastrada a una vida durante dos años que no se hicieron
caso de las Ordenanzas dadas por los Reyes Catolicos, disponiendo los Regidores
como mejor les parecía de los oficios y de, los bienes del Concejo.
Y sucedió
que en el día 27 de febrero del año de
1479, y desde la villa de Trujillo los Reyes Catolicos, donde asistieron a las
exequias del Rey Juan II de Aragón, que habia fallecido en Barcelona, le
vinieron a Cáceres, y tras jurar los fueros de
Cáceres el Rey Fernando, en la misma forma y lugar que dos años antes
los jurara la reina Isabel, abrieron audiencia para que se les informara sobre
las reclamaciones que se les presentaban, y una vez estudiadas en su concejo, y
tras deliberaciones dieron a la villa de Cáceres sus ordenanzas.
Juramento
de los Fueros de Cáceres por Isabel I de Castilla, delante de la Puerta Nueva
del Siglo XV, hoy Arco de la Estrella.
El
Bachiller Fernando Mogollón, requirió a su majestad puesto de rodillas, por
ante el escribano Luis González de Cáceres, y presentándole un Misal:
*“El
Concejo, Justicia, Regidores, Cavalleros, e Escuderos, e vezinos desta noble, e
leal villa de Cáceres, suplican y requieren a vuestra Alteza, jure de guardar e
non revocar su fuero e privilegio municipal e todas sus libertades, franquezas,
e costumbres e senciones e buenos usos y costumbres que principalmente vuestra
Real señoría nos dará, ni enajenara ni sacara esta villa, ni sus términos ni
cosa alguna de sus pertenencias de vuestra corona Real del Reyno de León so
cuyo reinado y Magestad Emperatoria esta villa, según en nuestro privilegio se
contiene. E assimismo suplican y requieren a vuestra Alteza, jure guardar e no
revocar el privilegio de las alcabalas de las yervas, que el Rey don Enrique,
que santa gloria aya, dio los vecinos e moradores de esta villa, en
satisfacción de pago de lo que por su servicio perdieron e les fue tomado al
tiempo que esta villa fue cercada según que de todo han usado e gozado e le has
sido guardado, jurado e confirmado por los Reyes antepassados de gloriosa
memoria, vuestros progenitores. E según que el Rey nuestro Señor, e vuestra
Alteza confirmaron a esta villa, en la villa de Valladolid adonde embió sus
procuradores a dar la obediencia, e acatamiento, e facer la lealtad y felicidad
al Rey nuestro Señor, e a vuestra Alteza que buenos e leales vassallos deber
facer a sus Reyes, y señores naturales, como de siempre esta villa a fecho a
vuestros antecesores, e hizo al Rey nuestro Señor, e a Vuestra Alteza
confirmaron a esta villa, pospuesto todo miedo a perder nuestras personas, e
fijos e mujeres, casas e faciendas , e luego la dicha Señora Reyna lo juró en
un libro Misal, que adelante le pusieron el nombre de Dios a de Santa Maria, e
por la palabra de los Santos Evangelios que en el estavan escritas, de lo
tener, a cumplir todo assi, según que se lo pedían por merced e de no ir, ni
venir contra ello, ni contra parte de ello, en ningún tiempo, e dixo si juro,
amen,”
(*Publio
Hurtado-Ayuntamiento y Familias Cacerenses)
Las
ordenanzas que otorgaron los Reyes Catolicos a la villa cacerense de 1477 y
1479, se intento atajar los desmanes y abusos y desordenes de que era victima
el Concejo, se destaca el que cometían los arrendatarios de las dehesas de sus
propios, es decir bienes de propiedad del municipio y que proporcionan renta,
los cuales se cedían para pastos y labor por
exiguos precios, o se procedía a su empeño en lo que sufrían gran daño
los labradores de la tierra, al compas que para los vecinos de la villa.
Estos,
tenían para su labor y para los pastos de sus ganados dos dehesas, como eran la
Zafra y la Zafrilla, están se arrendaban de cinco en cinco años por el precio
de cien maravedis por cada yunta, con lo que se beneficiaban tanto los
labradores como el Concejo de la villa cacerense, más lo Regidores de Cáceres
tenían claro que existía otra forma de mayor beneficios para ellos de
arrendamientos, le pusieron la parcela o terrazgo, a segar por una escasa
pensión de una fanega de pan por cada fanega de tierra que se labrase, y como
tontos que eran adelantándose a cualquier solicitante, se las adjudicaron a
ellos mismos por un tiempo de cinco años.
Esta
forma de actuar de los Regidores cacerenses, dio pie a las reclamaciones de
labradores y pecheros de la villa, y con la venida de los Reyes Catolicos a
Cáceres, dieron en poner en conocimiento de sus majestades semejante abuso,
haciéndose eco con la fundada esperanza de que el espíritu de justicia de los
monarcas pusiera remedio a semejante desmán.
Y a tal
efecto se reunieron Escuderos y Labradores de la villa cacerense, estos
nombraron una diputación, compuesta por Juan Gutiérrez Pintor y Pedro Ximénez,
estos acudieron al Consejo de los Reyes Catolicos y expusieron las razones de
sus quejas.
De
entrada, solicitaron que, por la labranza de tierras del Concejo, no se llevase
terrazgo de pan, ni otro derecho alguno, si no los cien Maravedis por yunta,
según la costumbre ya de antiguo, y que de los rendimientos que diesen las
tierras, se fueran poco a poco desempeñando los propios y heredades del Concejo
y que a la sazón estaban empeñados.
La
Justicia de Cáceres
Más de
todo estos males que la villa soportaba, no solo era la culpa de los Regidores,
y demás caballeros del Concejo, pero eso sí, si hubieran hecho buena
administración y no hubieren mirado nada más que por su propia conveniencia, y
se hubieran puesto a encauzar como era de obligación la hacienda municipal,
pero vaya en su defensa que ya cogieron arruinadas las arcas del Concejo, y a
sus propios empeñados, quedándoles pocos, muy pocos arbitrios donde echar mano,
y estos pocos estaban tan desordenadamente dispuestos que, en pleitos y
disputas se gastaba mayor cantidad que la de que por su concepto se habría de
recibir.
Esto
sucedía principalmente con el arbitrio conocido como “penas de ganados” este
consistía en las multas que se le imponían al ganado que se entrasen a pacer en
las dehesas ajenas, estas multas eran percibidas en parte por los propietarios
de las heredades perjudicadas y en parte por el Concejo, produciéndose de
continuo disturbios y disputas y querellas que no siempre terminaban en
beneficio de la justicia.
Para las
tasas de estas multas se echaba mano del Fuero Antiguo de Cáceres, más como las
condiciones de vida y el sistema de moneda habían variado desde los tiempos de
Alfonso IX, hasta el de los Reyes Catolicos, lo que daba pi a los continuos
conflictos.
(Fuente
Floriano Cumbreño-Cáceres Villa)
(Fuentes
Publio Hurtado-Ayuntamiento)
(Fuente
Simón Benito Boxoyo-Noticias)
(Fuente
Orti Belmonte-Las Conquistas)
Agustín
Díaz Fernández

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