BREVE HISTORIA DE CÁCERES
XXXVI
Fueros
Municipales
Crónica
desde la calle Cuba de mi Llopis Ivorra
En el
capítulo anterior, dejamos a las huestes del monarca Alfonso IX de León,
festejando la vitoria al fin la imponente Hins Qazrix , había pasado de manos
del moro a manos del cristiano, era, el principio del fin de la reconquista,
sí, pero una vez conquistada que, Cáceres era una ciudad fantasma y la labor
más urgente era su repoblación, todos los que ahora festejaban eran mercenarios
, presto al botín y volver a cruzar el Tajo para volver a sus casas. Nos
cuenta el cronista, que pocos o ninguno es el material escrito dejado por los
almohades, algo escribirían digo yo en los ochenta y dos años de dominio en
Hins Qazrix, las huestes del cristiano, mataron bien y mucho, al moro y a la
cultura, y no es que crea que el moro que anduvo por aquí fuera muy culto, pero
esto es creencia mía.
La Trasierra
y toda la prolongación al sur del Tajo, estaban materialmente ocupadas por las
órdenes militares en toda la parte meridional, no existía ni una sola villa,
fortaleza que perteneciera a la corona, por otra parte las órdenes
militares, estaban agrupadas por muchos Castillos y Atalayas, centrando grandes
extensiones de territorio, que si de derecho no lo eran de hecho, venían a
constituir verdaderos estados, con el detrimento para el poder Real, cosa que
era de temer, con el peligro de que las rivalidades entre los distintos
institutos , pudieran perturbar la paz interior, poniendo en peligro el avance
de la reconquista.
Alfonso
IX, se negó rotundamente a las pretensiones de los caballeros, quería
asegurarse en Cáceres, un centro de poder, desde el que pudiera ejercer su
autoridad en el supuesto de que fuera necesario, y tener a todos en respeto,
incluidas las distintas Ordenes, por esta casua erigio la ciudad como Vía Libre
y Franca, unida a la corona Real de León e4 inseparable de ella, los Caballeros
de la Espada, los santiaguistas, no se conformaron y surgió pleito entre estos
y la corona.
D.
Alfonso, pendiente de esta reclamación Santiaguista dejo Cáceres en condiciones
de defensa, emprendió el regreso a su reino, cruzando nuevamente el Tajo, pero
es esta ocasión sin que el moro le chamuscara las culeras, al parar en
Galisteo, el pleito se zanjó, reunidos el Rey y los Maestres de la Orden y sus
Caballeros, acuerda, “Beneplácito Parcium” por lo que el soberano Leones, con
el consentimiento de sus hijas, las infantas doña Sancha y Doña Dulce por
“juro Heredad” (plena capacidad como propietario) dona ala Orden
Villafafila y Castrotoraf ( provincia de Zamora) y una compensación de Mil
Maravedíes, renunciando la Orden, a cuantos derechos pudieran pertenecerles en
Cáceres y su término, ( esto está recogido en documento fechado en Mayo de 1.229,
pero sin identificar día) además el Rey , se comprometió a entregar al Maestre,
cuando fueran conquistados, los castillos de Trujillo, Montánchez, Santa Cruz y
Medellín, y de esta forma da termino a la cuestión que sin duda hubiera
producido cuando menos perturbaciones en la marcha de la campaña contra el
moro, comprometer sobre todo el porvenir de la naciente villa de Cáceres.
(Antonio
Floriano, Historia de Cáceres 1.957
OTRAS
ANTEIRORES CONQUISTAS
Fue
Cáceres, en varias ocasiones empeño heroico de las armas católicas, que
emprendieron su conquista, la ganó d. Alfonso el VIII, Emperador de las Españas
en 1.142 y vuelto al poder de moros y ganándola D. Fernando II de León, en el
año de 1.171 en cuya batalla afirma el maestro Gil González Dávila se vio pelar
al Apóstol Santiago, hizo donación de la villa de Cáceres al Orden de Santiago
y a su Maestre D. Pedro Fernández, quien estableció convento del Orden,
donde hoy es parroquia de Santiago , apellidando a sus caballeros Freiles de
Cáceres , y este fue el primer convento del Orden , habiendo tenido aquí su
principio en 29 de Julio de 1.170, siendo por entonces la plaza, frontera del
enemigo.
A D.
Arnaldo, obispo de Coria, flamenco de nación, del orden Premostratense (el
nombre le viene de un monasterio en la localidad Premonte) que la había
venido a fundar a España, y se halló con su majestad en la conquista de
Cáceres, concediéndole la décima y jurisdicción de la villa, que fuese ganada a
los moros y la confirmó las decimas de Alcántara en 1.182.
PIDE A
CÁCERES LA ORDEN DE SANTIAGO A QUIEN SE HABIA DONADO Y SE LE NIEGA
Perdido
Cáce5res tercera vez, fue poseído de moros hasta el año 1.213, que la restauro
don Alonso de León, volvió a pedirle don Nuño Freire de Andrada, comendador de
Santa María de la Barra, en nombre de su orden por haberse hallado en su
conquista, y habiéndole denegado, puso el Orden demanda en roma, que no
continuo por haber vuelto al poder de moros, pero ganada por D. Alonso el IX y
siguiendo el Orden la instancia por el derecho del postliminio
(Rehabilitación o reincorporación, de lo que le había sido dado), su majestad,
no lo tuvo a bien la concesión, antes si, la incorporo a su real corona, dando
en recompensa al orden a Villafafila y Castrotoraf, con dos mil Maravedíes,
como consta del Fuero Municipal y privilegio, que concedió a Cáceres y confirmó
su hijo San Fernando, en Alba de Tormes en 12 de Marzo de 1.231
(como
se puede apreciar, algunos datos y fechas resbalan, por los de hoy conocidos,
Boxoyo sigue relatando el memorial de Ulloa, haciendo algunas menciones de
cuenta propia, ni el propio Pedro Ulloa Golfín habían estudiado a fondo, datos
que en estudios posteriores quedan suficientemente aclarados entre otros por
Miguel Ángel Orti Belmonte, (Las reconquistas Cáceres)
FUERO
MUNICIPAL
En el
nombre de nuestro Señor Jesucristo sea, Amén
En la
era 1.267, por el mes de abril, del día de San Jorge, nuestro señor Jesusito,
que nunca menosprecio las oraciones del pueblo cristiano, y por manos del muy
ilustre y muy victorioso don Alonso, rey de León y de Galicia, dio a Cáceres a
los cristianos , y echada de allí la gente de los paganos y reintegrada a
los cristianos , el dicho rey a los frailes de la espada , que demandaban a
Cáceres por su herencia, les dio en trueque y a cambio Villafafila y
Castrotoraf y dos mil Maravedíes por esta villa de Cáceres.
Y dio
la otra villa de Cáceres a sus pobladores, franqueada con todos sus ríos y
fuentes, montes, pastos, villas, Alcázares, venas de plata y hierro, con
cualquier género de metales, que en su término pudieren hallar, para que fuesen
de Cáceres con su término, franqueada la villa por sí y sobre si, y el concejo
por sí y sobre sí.
Y por
eso mando y otorgo, al concejo de Cáceres, que el vecino de Cáceres o de su
término, que hubiese dado, o vendido, o empeñado, o en cualquier manera alguna
heredad, tierra, viña, campos, casas o plazas o huertos, molinos o, en suma,
alguna raíz a algunos frailes, que el concejo lo tome y cuanto tuviere, y esto
que mandare a los frailes lo meta todo en pro del concejo, si lo, pudiera hacer
firme a él, y si no se salvare por el concejo, con cinco testigos, quede firme.
Empero si quisiese mandar a los frailes, mándales de su haber mueble, y raíz no
valga, y si mandare a los vecinos de la villa, o clérigos, o iglesias, o
cofradías de Cáceres, alguna heredad, valga, a los extraños no valga.
Otorgo,
después de la toma de Cáceres, al concejo todo su término, como está escrito en
su carta de mojón a mojón.
Concedió
también y otorgó a cada vecino de Cáceres sus casas, heredades, huertos, molino
y todas sus participaciones, que hubieren hecho por sus cuadrilleros o por
mandato del Concejo y Junta, hecha y pregonada en día de domingo y valga.
Valgan,
asimismo, todas las participaciones, que después hiciesen, tanto de las aldeas cuanto,
de las villas, y las que una fue hechA, nunca de allí en adelante revuelvan, y
el que quisiere revolver o quebrantar las particiones del concejo, no le valga
y peche mil maravedíes al Concejo.
Y
porque los pobladores, no querían venir a poblar Cáceres, porque se temían que
venían a perder el tiempo y todas las cosas que tenían y o traerían consigo los
pobladores de Cáceres y allí las despenderían si acaso, después yo D. Alonso,
por la gracia de dios rey de León y Galicia, o mis sucesores, diesen a Cáceres,
algo de sus pertenencias a algunas Ordenes o a algunos nobles , por tanto
me hicieron pacto de juramento , levantada la mano, doce hombres por todo el
concejo, concediendo por todo el concejo, para que siempre sean súbditos y
obedientes a mi don Alonso, por la gracia de dios rey de León y a mis hijas ,
doña sancha y doña dulce , y después de mis hijas, que el concejo de cáncer,
estaría siempre sujeto con sus pertenencias a la Real majestad de León o a su
majestad imperial.
Y, sí
acaso el ya otro oncejo atendiere a esto, que juro, sean leales u buenos
vasallos, empero, si el concejo de Cáceres, quebrantare este pacto y concierto,
sean tenidos por traidores a mí y a la real majestad de León y de Galicia, por
siempre, ellos y sus hijos y herederos, y sean malditos y sepultados en el
infierno con el traidor Judas.
Y
porqué el concejo de Cáceres, a mí, rey de León , hizo este pacto y juramento,
por tanto, yo, el dicho don Alonso, rey de León que recupere a Cáceres al culto
de los cristianos , di y doy a Cáceres, con todas sus pertenencias , a todos
aquellos sus pobladores , que la quisieren poblar , excepto las órdenes y los
de la coquilla y que renuncian al siglo, porque así como ellos y sus órdenes
prohíbe darnos heredad, venderla u obligarla a prendas, así a nosotros el fuero
y la costumbre nos prohíbe esto mismo a ellos.
Y juro
por el hijo de la virgen María y levanto la mano de Aquel, que hizo el cielo y
la tierra, del que nunca daré esta villa de Cáceres, ni algo de sus
pertenencias, a ningún otro, si no a mis hijas y después de mis hijas, a la
real majestad de León, y no a otro. Y cualquiera de mi linaje o de la majestad
de León , real o imperial que quisiere quebrantar este mi juramento o este
pacto y concierto que hice con mis hijas al concejo de Cáceres, sea maldito de
mi maldición , y con maldición del que se dignó de nacer de María Virgen, y sea
sepultado en el infierno con el traidor judas, por todos los siglos de los
siglos amen.
Además
para todas las poblaciones, que dentro de vuestros términos se hicieron sin
consentimiento del concejo, no sean estables, antes se destruyan sin calumnia. Además
al caballero que tuviere en su casa, en la villa, caballo, que valga 15
maravedíes o más y que no traiga atabarre, no peche, ni en otras cosas,
para siempre.
Las
potestades, soldado, infanzones, tanto nobles, como innobles, o sean de mi
reino o de otro, que vinieren a poblar a Cáceres, tengan las calumnias que
otros poblares, así de muerte como de vida.
Por lo
cual mando, que todo Cáceres no hay sino dos palacios solamente, el uno del rey
y el otro del obispo.
Todas
las demás casas, así de rico como de pobre, así de noble como de otro que no lo
sea, tengan un mismo fuero y caución.
El
vecino de Cáceres no de montazgo deste parte de Guadiana, ni en otro lugar, ni
pedagio. ( Peajes)
De
donde concedo a todos los de Cáceres esta prerrogativa, que cualquiera que
viniere a Cáceres a poblar de cualquier condición que sea, ya cristiano, ya
judío, o moro, o libre, o esclavo, venga seguro y no responda por enemistad, o
débito, o fidejusoria, o creencia, o mayordomía, o merindazgo , ni por otra
cualesquiera causa , que lo hiciera antes de que Cáceres se ganara al moro.
Y
cualquiera que se muera en Cáceres, o le mataren se entierra en Cáceres.
Mando
también al concejo de Cáceres y le concedo, que tenga feria de los últimos
quince días del mes de Abril y los quince primeros del mes de Mayo, y en estos
dos meses vinieren también los que hubieren hecho treguas, que vinieren a estas
ferias, o quisieren venir, así cristianos como judíos o sarracenos, así
enemigos como otros así esclavos como libres, así de la tierra de los
sarracenos como la de los cristianos.
Además
de esto, quiero que la casa del clérigo, que de mi mano tuviere iglesias de
Cáceres, tenga la misma caución que mi palacio.
Manado
también, que el concejo de Cáceres no vaya ajuntas con algunos concejos cuando
sucediere, si no es al pie del puente del puente de Alconetar, hasta que se
vuelvan a cobrar los castillos de Trujillo, santa Cruz, y Medellín, y después
de haberlos recuperado , adonde se aviniere con losl demás concejo.
Así
concluye el Fuero Municipal, y sigue la confirmación de él por el santo rey
Fernando, que se titulaba, rey de Castilla, Toledo, León, Galicia, Badajoz,
Baeza y que firmo de su propia mano,
Fueros de
Cáceres
(Benito
simón Boxoyo , Noticias históricas de la villa de Cáceres )
(Fuentes Antonio C. Floriano,
(Fuente Orti Belmonte-Reconquistas)
Agustín
Díaz Fernandez
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